Redacción/CAMBIO 22
CHETUMAL, 9 de junio.- El Instituto Nacional Electoral (INE) en Quintana Roo emitió la convocatoria para designar a una persona en el cargo de Consejero o Consejera Electoral del Consejo Local del INE en el estado.
La convocatoria indica que desde el 6 de junio y hasta el 4 de julio del presente, se recibirán las solicitudes de inscripción como aspirante a Consejero o Consejera Electoral Local a las y los ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 66, numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y deseen participar en el procedimiento de selección.
Los requisitos establecidos indican que las y los aspirantes deberán: ser mexicana o mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos políticos y civiles; estar inscritos o inscritas en el Registro Federal de Electores y contar con Credencial para Votar vigente; tener residencia de dos años en la entidad federativa en la que se pretende participar; contar con conocimientos para el desempeño adecuado de sus funciones; no haber sido registrado o registrada como candidato o candidata a cargo alguno de elección popular en los tres años inmediatos anteriores a la designación; no ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación; no contar con impedimento legal o incompatibilidad para cumplir con los requisitos señalados en la ley; gozar de buena reputación y no haber sido condenado o condenada por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial.
Cabe mencionar que el Consejo Local del INE en Quintana Roo está integrado por seis elementos, y en este caso, una figura debe renovarse para el Proceso Electoral Federal 2023-2024.
La figura que resulte seleccionada tendrá a bien iniciar sus funciones a partir del mes de septiembre del presente año, iniciando el Proceso Electoral.
La solicitud de inscripción se encuentra en la página ine.mx así como la declaración bajo protesta de decir verdad con Formato 3 de 3.
Las facultades y competencias del Consejo Local, mismas que se encuentran previstas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) y el Reglamento Interior del Instituto son: vigilar la observancia de esa Ley, los acuerdos y resoluciones de las autoridades electorales; vigilar que los consejos distritales se instalen en la entidad en los términos de esa Ley; designar en noviembre del año anterior al de la elección, por mayoría absoluta, a los Consejeros Electorales que integren los consejos distritales; resolver los medios de impugnación que les competan en los términos de la ley de la materia; acreditar a los ciudadanos mexicanos, o a la agrupación a la que pertenezcan, que hayan presentado su solicitud ante el presidente del propio consejo local para participar como observadores durante el proceso electoral, así como registrar las fórmulas de candidatos a senadores, por el principio de mayoría relativa; efectuar el cómputo total y la declaración de validez de la elección de senadores por el principio de mayoría relativa, con base en los resultados consignados en las actas de cómputos distritales entre otras funciones.
EL INE indicó que para mayores informes los interesados pueden acudir, de lunes a viernes, en horario de 8:30 a 16:00 horas, a la Junta Local Ejecutiva ubicada en la calle José María Morelos, N° 223, Colonia Venustiano Carranza y al teléfono y correo electrónico: qroo.aspirantes.PE2023@ine.mx, número telefónico: (983) 2853179.
cambio22chetumal@gmail.com
JFCB